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Este curso está destinado a los oficiales, ya hayan sido inspectores de buques, capitanes, primeros oficiales o jefes o segundos oficiales de máquinas, que vayan a ser autorizados por sus Gobiernos para ejecutar el control por el Estado rector del puerto de conformidad con la regla 19 del capítulo I y la regla 4 del capítulo XI-1 del Convenio SOLAS, en su versión enmendada, con el artículo 21 de las Líneas de Carga, con los artículos 5 y 6 y las reglas I/4, II/10, III/8 y V/8 del Convenio MARPOL, con el artículo X y la regla 4 del capítulo I del Convenio STCW y con el artículo 12 del Convenio sobre el Arqueo de Buques.